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Que pasa si no hay interesados en ser parte del comité de administración?
A falta de acuerdo para la designación de los miembros del comité o no existiendo interesados en ser parte de dicho órgano, el primer administrador o el presidente saliente deberá designarlos por sorteo.
Con todo, los copropietarios que hubieren desempeñado dicha función con anterioridad podrán eximirse en caso que fueren designados por sorteo.
En el caso de ser la primera asamblea de copropietarios y no existir quorum necesario, el administrador o cualquier copropietario podrá ocurrir al juez conforme a lo previsto en el artículo 44.